El proyecto de normas y criterios para la renovación de las certificaciones,se encuentra en proceso de evaluación y, por lo tanto, sujeto a modificaciones.
El OFICIO CP N°20462 / 2025 publicado el 28 de septiembre de 2025 detalla el nuevo Procedimiento de Renovación de la Certificación de los Prestadores Individuales de Salud, el cual contempla la renovación periódica de las certificaciones con el objetivo de asegurar que los profesionales mantengan actualizado su conocimiento y experiencia, resguardando la calidad y seguridad de la atención.
Para resolver la demanda actual de profesionales en el Registro Nacional de Prestadores Individuales (RNPI), se ha diseñado un procedimiento en dos etapas de implementación: un régimen transitorio y un régimen permanente.
El régimen transitorio establece un mecanismo simplificado para gestionar la transición y el alto volumen inicial de renovaciones. Está dirigido a todos los prestadores cuyas certificaciones venzan a partir del primer día del séptimo mes siguiente a la publicación del decreto en el Diario Oficial, y hasta que entren en vigencia las normas permanentes.
Durante este proceso, el postulante debe presentar una declaración jurada simple afirmando que ha ejercido la especialidad (por cualquier lapso) dentro de los últimos cinco años. El profesional tiene hasta seis meses después del vencimiento de su certificación para presentar la solicitud.
Si se cumple con los requisitos, la renovación se aprueba por un plazo único de 5 años.
Una vez finalizado el régimen transitorio, la renovación se basará en un sistema de puntaje con un máximo de 100 puntos, evaluando la actividad de los últimos cinco años, formación continua, desempeño docente y ejercicio de jefaturas. La aprobación de esta solicitud permitirá la renovación por un período de siete años.

